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El régimen fiscal favorable de las sicav estará vinculado no solo a que haya al menos 100 socios como hasta ahora, sino a que cada uno de ellos tenga acciones por valor de al menos 2.500 euros, lo que evitará que el cupo se complete con los denominados «mariachis» o socios con participaciones irrelevantes.

El Boletín Oficial del Estado, del pasado 10 de julio, ha publicado la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal después de haber culminado con éxito su tramitación parlamentaria. La aprobación de esta nueva Ley se enmarca en la estrategia del Gobierno para modernizar el sistema tributario español y adaptarlo a los retos del siglo XXI.

En lo que respecta a las sociedades de inversión de capital variable (sicav), el gobierno señala que, a partir del 1 de enero de 2022, se reforzará su control mediante un requisito de inversión mínima de 2.500 euros, o de 12.500 euros en el caso de una sociedad por compartimentos, para los socios que, como mínimo, tienen que ser 100.

Este número mínimo de accionistas ha de permanecer al menos las tres cuartas partes del período impositivo.

Realmente sabe ¿lo qué es una SICAV?

Una SICAV es un tipo de Sociedad Anónima que se rige por la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, y que se crea con el objetivo de gestionar la adquisición o compra, custodia, disfrute, administración, y venta de valores mobiliarios (acciones…), o cualquier otro activo financiero.

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Fuente: CISS Contable Mercantil

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