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Desarrolla los casos en que el supervisor requiera aumentos de capital.
Es un paso más en la incorporación al ordenamiento español.

El Consejo de Ministros aprobó el lunes un Real Decreto que desarrolla los aspectos reglamentarios de la Quinta Directiva de Requisitos de Capital, que fue transpuesta a ordenamiento jurídico español en el Real Decreto-ley ómnibus 7/2021.

Este Real Decreto se enmarca en el desarrollo del denominado Paquete Bancario europeo y refuerza las herramientas de supervisión de la solvencia de las entidades financieras.

Se avanza así en la incorporación al ordenamiento jurídico español del Paquete Bancario aprobado por la Unión Europea en 2019, que traslada a la normativa europea los acuerdos alcanzados a nivel internacional sobre requisitos de capital en el Comité de Basilea (conocidos como Basilea III) y sobre la capacidad de absorción de pérdidas en la Junta de Estabilidad Financiera del G-20.

Con el Paquete Bancario se aprobó el Segundo Reglamento de Requisitos de Capital (CRR2) y la Quinta Directiva de Requisitos de Capital (CRDV). El CRR2 recoge las últimas modificaciones que se realizaron en el Acuerdo de Basilea III a raíz de la crisis financiera en aspectos tales como el ratio de liquidez a largo plazo y el requisito de ratio de apalancamiento, entre otros. Dado que se trata de un reglamento, su aplicación es directa y no requiere transposición.

El Paquete Bancario supone una revisión de las normas de solvencia y gestión de crisis de las entidades de crédito, con el fin de aumentar la fortaleza y resistencia del sector bancario, y avanzar así en el proyecto de la Unión Bancaria. La trasposición se completará con una Circular del Banco de España de próxima aprobación.

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Fuente: El Economista

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