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Comienza la campaña de la Declaración de la Renta, que se prolongará hasta el 30 de junio. Los autónomos se pueden deducir una serie de gastos siempre y cuando estén relacionados con su actividad.

Un gasto deducible es un coste que un autónomo se puede desgravar fiscalmente. La deducción puede aplicarse a dos impuestos: al IVA o al IRPF.

Para que un gasto sea fiscalmente deducible debe estar:

• Relacionado con la actividad económica o profesional del autónomo.

• Justificado mediante factura.

• Registrado en el libro de gastos e inversiones.

Las dos caras de la moneda:

• Los autónomos que no se deducen todos los gastos permitidos pagan cada año muchos más impuestos de los que deberían.

• Los autónomos que se deducen más gastos de los que les corresponden o lo hacen de forma incorrecta corren el riesgo de sufrir multas e inspecciones de Hacienda.

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Información: CISS Contable Mercantil

 

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