Comienza la campaña de la Declaración de la Renta, que se prolongará hasta el 30 de junio. Los autónomos se pueden deducir una serie de gastos siempre y cuando estén relacionados con su actividad.
Un gasto deducible es un coste que un autónomo se puede desgravar fiscalmente. La deducción puede aplicarse a dos impuestos: al IVA o al IRPF.
Para que un gasto sea fiscalmente deducible debe estar:
• Relacionado con la actividad económica o profesional del autónomo.
• Justificado mediante factura.
• Registrado en el libro de gastos e inversiones.
Las dos caras de la moneda:
• Los autónomos que no se deducen todos los gastos permitidos pagan cada año muchos más impuestos de los que deberían.
• Los autónomos que se deducen más gastos de los que les corresponden o lo hacen de forma incorrecta corren el riesgo de sufrir multas e inspecciones de Hacienda.
Información: CISS Contable Mercantil