El Presupuesto se reduce desde los 713 millones hasta los 75 millones.
La mejora de la situación económica en España en los últimos meses ha permitido al Gobierno ir replegando las ayudas otorgadas a empresas y trabajadores durante la pandemia con el objetivo de conservar en esos meses los puestos de trabajo y la actividad empresarial. Así, ante una expectativa de crecimiento del 6,5% para este año y del 7% para 2022, el Gobierno prevé en consonancia una menor necesidad de aprovisionar fondos para algunas de estas ayudas extraordinarias concedidas por el impacto de la crisis sanitaria. Entre ellas, se encuentra la prestación extraordinaria por cese de actividad para autónomos, donde el Gobierno recorta en un 89,5% el dinero para esta partida, que pasará de los 713 millones de euros de este año a 75 millones para el ejercicio próximo.
Tal y como apunta el Gobierno en el detalle presupuestario de la partida, la prestación por cese en la actividad tiene por finalidad compensar la pérdida de ingresos como consecuencia del cese en la actividad del trabajador autónomo, cuando de forma involuntaria, éste se haya producido, entre otros, por motivos económicos, técnicos, productivos u organizativos que hagan inviable continuar con la actividad económica o profesional; cuando se den causas de fuerza mayor que determinen el cese temporal o definitivo de la actividad económica o profesional; pérdida de la licencia administrativa, etc.
Prórroga hasta febrero.
Así, señalan desde el Ejecutivo, que «para el ejercicio 2022 se ha dotado un crédito por importe de 75 millones de euros, lo que supone una disminución con respecto al ejercicio anterior como consecuencia del elevado volumen de prestaciones extraordinarias reconocidas en 2021 con ocasión de la crisis sanitaria», debido a las mejores condiciones económicas experimentadas desde el segundo trimestre y que se espera que se extiendan durante el próximo año.
Como producto del reciente acuerdo entre el Gobierno y las entidades representantes de los trabajadores por cuenta propia, la prestación extraordinaria se prorrogará hasta febrero de 2022 y se otorgará a los negocios y trabajadores que puedan justificar una caída de ingresos de al menos el 75% en comparación al primer trimestre de 2020 y que además no superen rendimientos por encima del 75% del valor del SMI entre el segundo y tercer trimestre del presente ejercicio.
Así podrán solicitar la prestación extraordinaria aquellos trabajadores por cuenta propia que «no tengan rendimientos netos computables fiscalmente procedentes de la actividad por cuenta propia en el tercer y cuarto trimestre de 2021 superiores al 75% del salario mínimo interprofesional y «acreditar en el año 2021 un total de ingresos computables fiscalmente de la actividad por cuenta propia inferiores al 75% por ciento de los habidos en el primer trimestre del 2020».
Fuente: El Economista