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Se revisa al alza la cuantía de las dietas y asignaciones para gastos de locomoción que quedan exentas en el IRPF.

El Ministerio de Hacienda y Función Pública ha aprobado dos órdenes por las que se actualiza la compensación de gastos por kilometraje para quienes usen un vehículo para desarrollar su trabajo, que alcanzará los 0,26 céntimos por kilómetro recorrido.

La compensación cubre el combustible y los gastos relacionados con el desgaste ocasionado al vehículo y sus posibles averías. También entran dentro de esta protección, aunque de manera proporcional, el seguro y los impuestos relacionados con el vehículo.

Una de las órdenes publicadas este lunes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), contempla las indemnizaciones para los empleados públicos que deben utilizar su propio vehículo para trabajar, mientras que otra orden recoge las exenciones de las que podrán disfrutar los contribuyentes en el Impuesto de la Renta sobre las Personas Físicas (IRPF) por los gastos de locomoción que afronten en su desempeño diario utilizando un coche o cualquier otro vehículo.

Esta indemnización o exención tenía una cuantía hasta el momento de 0,19 euros por kilómetro, cantidad establecida en el año 2005.

Las formas de acceder al beneficio son muy distintas para cada colectivo que puede disfrutar del mismo. En el caso de las empleados públicos, los 0,26 euros por kilometraje se abonarán tras la presentación de la factura de combustible correspondiente y una declaración justificativa del desplazamiento. Posteriormente, y tras la comprobación de la documentación, se les realizará un ingreso en su cuenta corriente.

Para el conjunto de trabajadores contribuyentes de IRPF que utilicen el vehículo para trabajar, las exenciones se aplicarán permitiendo excluir de la declaración del impuesto la cantidad resultante de multiplicar 0,26 euros por los kilómetros recorridos.

Para este trámite será necesario contar con un documento que justifique el desplazamiento, y en el que se podrán incluir de los gastos de peaje y aparcamiento. según explican desde el Departamento que dirige María Jesús Montero.

ENCARECIMIENTO DEL COMBUSTIBLE

La actualización a 0,26 céntimos era algo pendiente por distintos motivos. Uno de ellos es que la cifra llevaba sin actualizarse desde 2005, año en el que se instauraron los 0,19 euros tanto para la indemnización como para la exención en el IRPF. A esto se han sumado otros factores determinantes sobre el precio final de las materias primas, como la invasión rusa de Ucrania, que provocó una escalada histórica de los precios de la energía.

Las consecuencias de la tensión bélica en Ucrania han provocado que, actualmente, los precios de la gasolina o el gasóleo sean casi el doble de lo que eran en 2005, cuando se llevó a cabo la última actualización.

UNA REFORMA PREVISTA Y PACTADA CON LOS SINDICATOS

En este sentido, se incluyó una habilitación expresa en el Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad para que la ministra de Hacienda y Función Pública pudiera abodar este aumento de los 0,19 a los 0,26 euros a través de órdenes ministeriales.

Este tema también quedó recogido en el ‘Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI, pactado con los sindicatos del área de Función Pública de CCOO y UGT en el ámbito de la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado. En dicho pacto, la cláusula novena establece la «actualización de los importes» de esos gastos de desplazamiento para llevar a cabo la prestación de servicios.

Fuente: IIILA LEY. Consejo General de Economistas. REAF Asesores Fiscales.

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