El pleno del Parlamento Europeo ha respaldado la creación del primer estándar voluntario de bonos ambientales de la UE que permita legislar contra el ‘ecopostureo’ en estos mercados y garantizar que estén alineados con la financiación del crecimiento sostenible y la transición hacia una economía climáticamente neutra y eficiente en el uso de los recursos.
El reglamento, que ya fue pactado en marzo entre los negociadores del Parlamento y el Consejo, a falta de que ambos lo refrenden, ha sido adoptado por 418 votos a favor, 79 en contra y 72 abstenciones.
La nueva normativa establece requisitos uniformes para los emisores de bonos que deseen utilizar la designación ‘Bono verde europeo’ o ‘EuGB’ para sus bonos ambientalmente sostenibles que estén alineados con la taxonomía de la UE y que estén disponibles para inversores a nivel mundial.
Asimismo, incluye la creación de un sistema y registro y un marco de supervisión, así como algunos requisitos de divulgación voluntaria para otros bonos ambientalmente sostenibles.
Estos bonos son uno de los principales instrumentos para financiar inversiones relacionadas con tecnologías verdes, eficiencia energética y eficiencia de los recursos, así como infraestructura de transporte sostenible e infraestructura de investigación.
Todos los ingresos de estos bonos deberán invertirse en actividades económicas que estén alineadas con la taxonomía de la UE, siempre que los sectores en cuestión ya estén cubiertos por ella, mientras que para aquellos sectores que aún no estén amparados bajo este paraguas se establecerá un bolsillo de flexibilidad del 15% para garantizar la usabilidad del estándar europeo de bonos verdes desde el comienzo de su existencia.
El uso y la necesidad de esta bolsa de flexibilidad se volverá a evaluar a medida que avance la transición de Europa hacia la neutralidad climática y con el número cada vez mayor de oportunidades de inversión verdes y atractivas que se espera que estén disponibles en los próximos años.
En cuanto a la supervisión, las autoridades nacionales competentes del estado miembro de origen designado serán las encargadas de supervisar que los emisores cumplan con sus obligaciones en virtud de la nueva norma.
Fuente: IIILA LEY. Consejo General de Economistas. REAF Asesores Fiscales.